¿Puede el arrendador prohibirme tener animales de compañía en la vivienda?

¿Puede el arrendador prohibirme tener animales de compañía en la vivienda?

En los últimos meses, y por suerte para nosotros y nuestros peludos compañeros, la legislación ha experimentado importantes y positivos cambios en lo que a protección animal se refiere. A nadie escapa que las mascotas forman parte de nuestra vida tanto como los familiares, amigos o compañeros de trabajo.

En este sentido, es lógico que el legislador haya querido poner al día la normativa, con el fin de que la misma sea algo más respetuosa y acorde con los tiempos en que vivimos y con la realidad en la que nos movemos. Así, en nuestro país hemos pasado con la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales (7/2023 de 28 de marzo) y la reciente reforma del Código Civil, de una legislación en la que nuestro perro o gato era poco más que un simple objeto o bien mueble, a un ordenamiento jurídico donde estos maravillosos seres han pasado a ser miembros de nuestra unidad familiar.

En sintonía con lo expuesto, es normal preguntarse si nuestro arrendador puede prohibirnos que tengamos mascotas en nuestra vivienda de alquiler. Y es aquí donde el asunto a más de uno le chirriará, puesto que la realidad es que sí: aún hoy en día, el arrendador puede introducir una cláusula en el contrato en la que se nos prohíba expresamente la tenencia de animales domésticos en el domicilio. Esto es así debido a que, pese a las modificaciones legislativas referidas, la Ley de Arrendamientos Urbanos, que es la que regula precisamente las condiciones a cumplirse en un contrato de alquiler, no se ha modificado en este extremo, y queda en el haber del arrendador la posibilidad de incluir una cláusula de prohibición expresa en el contrato en lo que a tenencia de animales se refiere. 

En cualquier caso, esta prohibición deberá ser siempre expresa y quedar recogida en el contrato de arrendamiento, dado que si el contrato no dice nada al respecto, no podrán incluirla posteriormente o prohibir dicha tenencia de mascotas.  

Si tienes algún problema con tu contrato de arrendamiento y necesitas ponerte en manos de abogados, no lo dudes y ponte en contacto con nosotros. Estaremos encantados de ayudarte y atenderte en nuestra oficina en San Vicente del Raspeig (Alicante).

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