La reciente promulgación de la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales, efectiva desde el 29 de marzo de 2023, ha marcado un hito en la consideración legal de nuestras mascotas. Sin embargo, mucho antes de esta ley, una serie de modificaciones en el Código Civil, la Ley Hipotecaria y la de Enjuiciamiento Civil ya habían establecido un cambio fundamental: los animales ya no son considerados simplemente como objetos o bienes inmuebles, sino como seres sensibles. Este cambio sentó las bases para abordar cuestiones complejas como la custodia compartida de mascotas.
En este artículo, nos sumergiremos en el ámbito de la custodia de mascotas tras una ruptura de pareja, explorando cómo se establece el régimen de convivencia y cuidado de los animales, los procedimientos disponibles, los criterios considerados por los jueces en casos de desacuerdo entre las partes, y la responsabilidad financiera derivada de su cuidado.
Atribución de la tutela de la mascota en caso de separación
Actualmente, los animales domésticos deben ser considerados como miembros de la familia, lo cual implica establecer un marco legal que regule su bienestar después de una separación, de manera similar a como se hace con los hijos menores.
Por ello, la asignación de la custodia de la mascota depende en gran medida de si las partes pueden o no llegar a un acuerdo. En caso afirmativo, un abogado de familia redactaría un convenio regulador que abarcaría el régimen de convivencia y custodia del animal, así como otros aspectos relacionados, si los hubiera.
En caso de no haber acuerdo, el proceso se volvería litigioso, y se presentaría una demanda ante el juzgado, solicitando la regulación de la custodia de la mascota, donde la parte contraria tiene la oportunidad de responder. Tras una fase de escritos y admisión a trámite, se programaría un juicio en el que se decidiría sobre la custodia del animal.
¿Cuáles serán los criterios considerados por el juez al asignar la responsabilidad del cuidado de la mascota si no hay consenso entre las partes?
Los criterios para esta decisión incluyen contemplar:
- De quién es la propiedad del animal.
- Quién lo cuida realmente.
- La disponibilidad de tiempo para la atención de la mascota.
- Las condiciones de vida de la persona cuidadora.
- Si hay hijos involucrados, la custodia de los mismos.
- En caso de que haya niños en común que mantengan una conexión afectiva con el perro o gato, los tribunales recomendarán que el animal permanezca con ellos.
En cuanto a los gastos derivados del cuidado del animal, las partes pueden acordar su reparto. De lo contrario, el juez determinará la contribución de cada parte, considerando sus recursos económicos y el régimen de convivencia establecido.
¿Qué ocurre en el caso de las parejas de hecho?
Para las parejas de hecho, la situación es más compleja, ya que la nueva legislación se aplica principalmente a parejas casadas. En estos casos, la regulación puede carecer de claridad, y se requerirá que la jurisprudencia aclare los detalles.
En resumen, en situaciones que involucran la custodia de mascotas después de una separación, es fundamental buscar asesoramiento legal especializado en Derecho de Familia. En nuestro despacho, estamos disponibles para ofrecer orientación y buscar las mejores soluciones para ti y tus seres queridos, ya sean humanos o no. ¡No dudes en contactarnos para obtener más información!